miércoles, 23 de abril de 2014

Más noticias sobre el derribo ilegal de la Plaza de la Bodega de Los Molinos




Como continuación de la información que envió Adolfo Rodríguez Gil sobre el derribo ilegal de la casa de la Plaza de la Bodega 1, en Los Molinos, nos amplía la información sobre las diligencias previas abiertas por la Dirección General de Patrimonio.
En el escrito de esta Dirección se puede ver que se considera que ha podido haber alguna responsabilidad, por acción u omisión, desde el interior del Ayuntamiento en el derribo de un bien de gran valor.



Martes, 22 de abril de 2014

La Dirección General de Patrimonio Histórico, abre diligencias previas por el derribo de la Plaza de la Bodega, 1.

La Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, ha abierto diligencias previas, anteriores a la apertura del correspondiente procedimiento sancionador, por el derribo de los muros de la vivienda de la Plaza de la Bodega, 1.

En el escrito de esa Dirección, se expone que: "Con fecha 25 de febrero de 2014 tiene entrada en esta Dirección General de Patrimonio Histórico, comunicación del riesgo de derribo de un inmueble sito en la Plaza de la Bodega, 1 de Los Molinos (Madrid). Sobre este inmueble ya se informó al Ayuntamiento de Los Molinos, con fecha 27 de agosto de 2012, que era un bien objeto de protección y que cualquier actuación sobre el mismo requeriría la previa autorización de la Dirección General de Patrimonio Histórico. Con fecha 7 de Marzo de 2014, se gira visita por los Servicios Técnico de esta Dirección General al lugar de los hechos y se comprueba que la edificación ha sido demolida en su totalidad. Asimismo, con fecha 18 de marzo de 2014, se remite escrito por el Jefe del Área de Patrimonio al Ayuntamiento de Los Molinos donde se le solicita la documentación acreditativa de las obras efectuadas en el inmueble de referencia, que a fecha de hoy no ha sido recibida.
Fundamentos de Derecho:
En virtud de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid: "Con anterioridad al acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador, el órgano competente, podrá abrir un período de información previa con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la necesidad o no de iniciar procedimiento. La información previa tendrá carácter reservado y será realizada por los órganos que tengan atribuidas funciones de investigación e inspección en la materia y, en defecto de éstos, por quien determine el órgano competente para iniciar el procedimiento".

Nos alegramos de que se haya abierto este procedimiento y de que, a través de él, se esclarezcan los hechos y las responsabilidades que, por acción u omisión, se haya podido producir en este lamentable atentado contra nuestro patrimonio histórico.





Fuente: 
Entorno Los Molinos

3 comentarios:

  1. Muchas gracias por haceros eco de este atentado contra el patrimonio serrano.
    Adolfo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Gracias a ti Adolfo por proporcionarnos material de sumo interés patrimonial. Perdona el retraso en responder, todavía estamos en rodaje.
      Saludos
      Antonio

      Eliminar
  2. Todos los que tenemos un poco de sensibilidad urbanística, lamentamos profundamente el derribo ilegal de este edificio singular, pero la culpa realmente la ha tenido la persona que en vez de hablar con los dueños de dicho edificio, y obligarle a que si lo derriba, conserve la fachada o la rehaga conservándola exactamente igual que estaba.
    La culpa la ha tenido Adolfo.

    ResponderEliminar

Author Info (Documentation)